REGLAMENTO
DEFINICION DE “ZONA DE CONFLICTO LABORAL”
Se considerará “ZONA DE CONFLICTO LABORAL” al lugar de referencia de un/una cirujano/a, miembro activo de la Asociación Argentina de Cirugía (A.A.C.), donde se configuren los siguientes supuestos:
1.- No existan las condiciones técnico-ambientales y de infraestructura que le permitan al MAAC un correcto accionar y ponga en riesgo su desempeño y los resultados de su práctica quirúrgica.
2.- El/la MAAC sea desvinculado/a o despedido/a sin justa causa y sin abonarle la indemnización de ley o bien cuando, vigente la relación laboral, se incurra en perjuicio del MAAC, en:
a.- Incumplimiento de contratos laborales.
b.- Incumplimiento del pago de honorarios previamente pactados.
c.- Atraso en el pago de sueldos u honorarios, más allá de las normas y costumbres.
d.- Falta de actualización de los sueldos u honorarios por las variaciones de los índices económicos.
3.- Cuando, fuera de los supuestos mencionados precedentemente, éste Comité advierta un perjuicio inexcusable contra el/la MAAC, que le impida desarrollar su profesión debidamente.
Para solicitar una eventual declaración de “ZONA DE CONFLICTO LABORAL” debe iniciarse el trámite vía on-line: https://aac.org.ar/comite-asuntos-gremiales-laborales-formulario.htm y deberá enviar una carta en formato PDF indicando los motivos de la solicitud y adjuntando la documentación respaldatoria correspondiente por correo electrónico al Comité de Asuntos Gremiales y Laborales (C. A. G. y L.) de la A.A.C. (comité_legales@aac.org.ar), para que se puedan analizar las circunstancias del caso.
Una vez recibida la solicitud de Zona de Conflicto, el Comité de Asuntos Gremiales y Laborales les solicitará a las partes la ampliación y descargo que estime pertinente. El denunciado deberá efectuar el descargo dentro del plazo de 5 días hábiles bajo apercibimiento de tener por decaído su derecho. Con la documentación obrante en el expediente administrativo, éste será evaluado por el Comité de Asuntos Gremiales y Laborales para luego establecer contacto directo desde la A.A.C. o el Capítulo en donde esté circunscripto el problema y tratar de resolverlo en una instancia inicial.
Ante la falta de solución del conflicto, el caso será elevado a Comisión Directiva, con una opinión no vinculante por parte del C.A.G. y L. y será ésta quien resolverá.
Se considera:
a.- Despido indirecto (cuando el profesional se considera despedido): La actuación del Comité solo tendrá lugar desde que se recibe la denuncia hasta el inicio de las actuaciones judiciales. Una vez iniciadas las mismas, será levantada la Zona de Conflicto.
b.- Despido directo: Recibe telegrama de despido, de no mediar justa causa, se declara Zona de Conflicto. La misma se mantiene como Zona de Conflicto Laboral, en instancia Judicial hasta la finalización del juicio laboral.
La declaración de Zona de Conflicto a una Institución puede implicar el Servicio de Cirugía o una subespecialidad.
El/la socio/a MAAC que viola la Zona de Conflicto no podrá acceder a ningún beneficio académico como tampoco participación en la Asociación Argentina de Cirugía, ni tener ningún tipo de auspicio por la Asociación Argentina de Cirugía.
Los/as cirujanos/as solicitantes de la Zona de Conflicto asumen el compromiso de informar por correo electrónico a través de una nota en formato PDF, la evolución de las novedades a la AAC con una frecuencia mínima de una vez cada 3 meses.
Cuando se declare una “ZONA DE CONFLICTO LABORAL” serán informados todos/as los/as miembros activos de la AAC a través de la página web (www.aac.org.ar).
Se crea la “ZONA DE CONFLICTO REGIONAL” que comprende a distintas sociedades de una región, siendo solidarias cuando en alguna de ellas sea declarada Zona de Conflicto ante algún ente financiador, y existan realidades que así lo ameriten. Para implementarla, deberán enviar al Comité de Asuntos Gremiales y Laborales la documentación que acredite el conflicto existente.
LEVANTAMIENTO DE ZONA DE CONFLICTO
Conforme lo expuesto, y teniendo en cuenta la evolución de los hechos, la AAC procederá a levantar la “ZONA DE CONFLICTO” en los siguientes supuestos:
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A solicitud del peticionante
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Verificado el incumplimiento por parte del peticionante de los plazos precedentemente establecidos
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En caso de que las partes arribaren a un Acuerdo y éste sea debidamente acreditado ante el CAGyL
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En caso de ser analizados los elementos obrantes en el expediente administrativo, y teniendo en cuenta las demás diligencias llevadas a cabo por el CAGyL, la AAC estime conducente el levantamiento de la Zona de Conflicto declarada oportunamente.
Levantamiento de zona de conflicto: CLÍNICA NUEVA ESTRELLA
El día 31 de julio de 2023 se levanta la Zona de Conflicto con respecto a la Clínica Nueva Estrella, por motivos de quiebra y cierre de la misma.
Levantamiento Zona de Conflicto Centro Gallego de Buenos Aires
El día 12 de noviembre de 2021 Comisión Directiva de la Asociación Argentina de acuerdo al Informe del Comité de Asuntos Gremiales y Laborales, tiempo transcurrido desde la declaración de la Zona de Conflicto objeto del presente (4 años), la razonabilidad de las negociaciones, y el avanzado proceso judicial en que las partes se encuentran, se decide formalmente el levantamiento de la Zona de Conflicto oportunamente declarada.
Levantamiento Zona de Conflicto Empresa Medicina Ambulatoria S.A. (MASA)
El día 15 de junio de 2021 el Dr. Fernando de Frutos, informa que la empresa Medicina Ambulatoria S.A. presentó quiebra en el año 2019, se remataron sus bienes en 2020. Por tal motivo, se ha decidido dar por finalizada la misma.
Levantamiento Zona de Conflicto IPROSS Río Negro
El día 16 de junio de 2021, el Presidente de la Asociación de Cirujanos de Bariloche, Dr. Patricio Gomez Constenla informa que lograron una solución temporal al conflicto, por lo tanto se decide dar por finalizada la misma.
RESOLUCION DEL CONFLICTO “HOSPITAL ESPAÑOL DE SAN JUAN”
Después de largas reuniones se ha concretado un acuerdo entre dicha institución y la Asociación Sanjuanina de Cirujanos, con respecto al pago de prestaciones adeudadas de sus miembros, garantizando puestos laborales con sus respectivas fuentes de ingreso.
RESOLUCION DEL CONFLICTO Sanatorio del Salvador S.A. de Córdoba Sector de Cirugía Bariátrica
El día 4 de mayo del corriente año, el Dr. Sosa Gallardo en nombre propio y en representación del equipo de Cirugía Bariátrica a su cargo informa a esta entidad, que el conflicto suscitado con el Sanatorio del Salvador S. A. ha sido solucionado a partir del día 26 de abril del corriente año, con la suscripción de un acuerdo de pago entre el referido Sanatorio y el equipo mencionado. Habiendo logrado los objetivos por los cuales se declaró Zona de Conflicto, se ha decidido dar por finalizada la misma. Asociación Argentina de Cirugía
ANTE CUALQUIER CONSULTA PODRÁ COMUNICARSE CON LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA
Lunes a viernes de 13.00 a 19.00 hs.
comite_legales@aac.org.ar